Referendo

    LLAMAMIENTO PARA APOYAR UN REFERENDO SOBRE EL PROYECTO VARELA

    La Habana, Cuba, 6 de  marzo de 2001
    AL PUEBLO DE CUBA:
    Les presentams el llamamiento que la inmensa mayoría de las organizaciones no gubernamentales independientes dentro de Cuba, hacemos a los ciudadanos cubanos para que realicen, todos unidos, la solicitud legal de un Referendo, es decir de una consulta popular sobre el Proyecto Varela.

    De esta forma, apoyados en los derechos consagrados en los artículos 1, 63, y 88 g de la Constitución de Cuba, los ciudadanos que firmarán el proyecto Varela, estarán solicitando a los diputados de la Asamblea Nacional  del Poder Popular, que convoquen a un Referendo, para que los cubanos puedan  votar si desean o no, los cambios en las leyes que propone dicho proyecto, para  el mejoramiento de la vida en nuestra sociedad.

    Este llamamiento lo  realizamos más de cien agrupaciones no gubernamentales. Además, firman familiares de algunos de los cientos de los prisioneros políticos pacíficos que  hay en Cuba, en representación simbólica de estos cubanos encarcelados, así como luchadores cívicos, periodistas, intelectuales y artistas. A continuación el  llamamiento.

    LLAMAMIENTO PARA APOYAR UN REFERENDO SOBRE EL PROYECTO VARELA
    Las organizaciones cubanas y ciudadanos que trabajamos dentro de nuestro país, por el respeto a los derechos humanos, la reconciliación y los cambios hacia la democracia y que firmamos al final de este texto, queremos  dirigirnos a nuestros hermanos cubanos y al mundo con el siguiente mensaje:

    Cuba necesita cambios en todos los órdenes. Corresponde a los cubanos  definir cuáles deben ser esos cambios y realizarlos dentro de un proceso donde todos participen y nadie sea excluido. Para lograr ese objetivo es necesario que todos pidamos que se abran, desde la ley, los espacios para ejercer los derechos fundamentales.

    Por eso proponemos:
    UNA CONSULTA POPULAR SOBRE EL PROYECTO VARELA.

    En esta consulta popular o referendo, el pueblo decidirá soberanamente sobre los cambios que deben realizarse en las leyes, para que  estas garanticen la participación libre y responsable de los ciudadanos en la  vida económica, social y política de nuestra sociedad.

    El Proyecto  Varela ofrece el camino para lograr garantías legales para el ejercicio de derechos que están en la Constitución de Cuba y que no se cumplen en la  práctica, ni son garantizados por las leyes. No pide privilegios para personas o  grupos específicos, sino los derechos para todos los cubanos. Así, siendo  hombres y mujeres libres, transformamos nuestra sociedad entre todos.

    CON TODOS Y PARA EL BIEN DE TODOS

    Es hora de que se consulte a los cubanos sobre las leyes que deben regir nuestra sociedad. Es hora de que se abran los caminos para que el pueblo realice, pacíficamente, los cambios que  quiere y necesita. El mundo debe reconocer que es al PUEBLO CUBANO a quien debe preguntársele sobre sus leyes y su destino. El mundo debe ser solidario con el derecho de los cubanos a una consulta popular, ahora.

    LLAMAMOS A LOS CUBANOS A QUE SE UNAN EN ESTA DEMANDA DE CAMBIOS, FIRMANDO LA PETICIÓN DE UN  REFERENDO SOBRE EL PROYECTO VARELA.

    Firmantes del LLAMAMIENTO AL APOYO A UN  REFERENDO SOBRE EL PROYECTO VARELA. (Lista de nombres por orden alfabético)
    NOMBRE                                       ORGANIZACIÓN
    1. Osvaldo Alfonso Valdés, Partido Liberal Democrático
    2. Santiago Alonso Pérez, Frente Patriótico de Reconstrucción  Nacional
    3. Pedro Pablo Ãlvarez Ramos, Consejo Unitario de Trabajadores
    4. Berta Antúnez Pernet, Mov.. Nac. Resistencia Cívica Pedro L. Boitel
    5. Gustavo Arcos Bergnes, Comité Cubano Pro Derechos Humanos
    6. Angel A. Armaignac Llamos, Instituto Independiente Cultura y Democracia
    7. Magaly N. de Armas Chaviano, esposa de Vladimiro Roca, 
                                                                 prisionero de conciencia
    8. Fara Armenteros Rodríguez, Agencia de Prensa  UPECI
    9. Pedro Arguelles Morán, Cooperativa Avileña de Periodistas Independientes
    10. Víctor Rolando Arroyo Carmona, Asociación Foro por la Reforma
    11.  Noel Ascanio Montero, Biblioteca Independiente Francisco Rivero
    12. Lidia  Beinúmez, Movimiento Democracia y Paz
    13. Aslan Beltrán Salene, Ex Club  Cautivo Pinar del Río
    14.Jorge Benler Rodríguez, Conf. de Trabajadores Democráticos de Cuba
    15. Manuel A. Brito López, Buró de Prensa Independiente  de Cuba (BPIC)
    16. Leonardo M. Bruzón Ãvila, Movimiento 24 de Febrero
    17. Marcelo Cano Rodríguez, Colegio Médico Independiente de Cuba
    18. Luis Enrique Castillo, Mov. Cívico Cristiano Pro-Derechos Humanos
    19. Gilberto Castillo Manzano, Club de Ex Presos Políticos Gerardo Glez
    20. Alejandro  Chang Cantillo, Movimiento Hermandad Cívica
    21. Rafael Chang Calvez, Comité Humanitario y Religioso
    22. Reinaldo Ramón Céspedes, CIDH Libertad, Justicia y Paz
    23. Osvaldo de Céspedes Peliú, Cooperativa de Periodistas  Independientes
    24. Gustavo Colás Castillo, Unión Sindical de Azucareros Independientes
    25. Ramón Humberto Colás Castillo, Biblioteca Independiente de Las Tunas
    26. Odilia Collazo Valdés, Partido Pro Derecho Humanos de  Cuba
    27. Rev. Pedro Crespo Jiménez, NATURPAZ
    28. Lázaro E. Cuesta Collazo,  Unó³n Sindical Independiente de Cuba
    29. Angel Dávalos Machado, Asoc. por la  Reconciliación, Reconstrucción
                                                         y Rescate de los Valores Humanos
    30. Gisela Delgado Sablón, Centro de Estudios de la Mujer
    31. Carmelo Díaz Fernández,  Unión Sindical Cristiana Cubana
    32. Manuel de Jesús Díaz, Partido Republicano  Cubano
    33. Jesús Joel Díaz Hernández, Cooperativa Avileña de Periodistas  Independientes
    34. Noris Durán Durán, Comité Pro-Amnistía Leonor Pérez
    35. José M. Escobedo, Junta Nacional de Transición hacia la Democracia
    36. Ana M. Espinosa Escobedo, Foro Feminista Aliadas Democráticas
    37. Oscar Espinosa Chepe, Economista independiente
    38. Guillermo Fariña Hernández, Fundación Marta Abreu Pro-DH
    39. Manuel Fernández Rocha, Foro de Estudios Históricos
    40. Alfredo Felipe Fuentes Felipe, Centro DH Don José de la Luz y Caballero
    41. Antonio Femenías Echemendía , Agencia de Prensa Patria
    42. José Antonio Fornaris, Agencia de Prensa Cuba Verdad
    43. Zoe M. Fuentes Rodríguez, Movimiento de Jóvenes del Nuevo Siglo Pro-DH
    44. Miguel Galbán Gutiérrez, Colegio de Ingenieros y Arquitectos
    45. Edel José García, Agencia Centro Norte del País
    46. José González Cubilla, Comité Mayabequino Pro-DH
    47. José L. González González, Colegio Medico Independiente de Las Tunas
    48. Juan C. González Leiva, Fundación Cubana DH Fraternidad de Ciegos de Cuba
    49. Diosdado González Marrero, Partido Paz, Amor y Libertad
    50. Marcelino E. González Torres, Club de Activistas por la Libertad
    51. Humberto Guerra Perugorría, Movimiento Libertad
    52. Arelia Hernández Álvarez, Proyecto Cívico Femenino
    53. Orestes Hernández Álvarez, Grupo de Apoyo a la Liga Cívica
    54. Jadir Hernández Hernández, Comisión de Estudios Alternativos
    55. Jesús Hernández Hernández, Club Heberto Padilla
    56. Pedro P. Hernández Mijares, Centro Nac. de Estudios e Investigaciones
                                                                 Agrícolas
    57. Lourdes Hernández Torres, Agencia de Prensa Occidental
    58. William Herrera Díaz, Liga Cívica Martiana
    59. José Hidalgo Gato, Partido Socialdemócrata Cubano
    60. Leo Angel Jiménez, Colegio Medico Independiente Santiago de Cuba
    61. Celia Jorge Ruiz, Corriente Liberal Cubana
    62. Roberto Larramendi Estrada, Movimiento Independiente de Estudios Martianos
    63. Francisco Leblanc Amara, Instituto de Estudios Sindicales
    64. Armando de León, ONG. Comisión de Salubridad e Higiene
    65. Isabel del Pino Sotolongo, Asoc. Humanitaria Seguidores de Cristo Rey
    66. Gladis Linares Blanco, Frente Femenino Humanitario Cubano
    67. Ricardo López Bover Hermanos, Fraternales por la Dignidad
    68. José L. López Jiménez, Movimiento Pablo Morales
    69. Ramón S. López Saborit , Unión Cívica Nacional
    70. Jorge O. Lorenzo Pimienta, Consejo Nacional por los Derechos Civiles
    71. Marisol Lugo Fernández, Hermana de la prisionera de conciencia Maritza Lugo
    72. Secundino Lugo Sosa, Cooperativa Independiente Baraguá
    73. Reinaldo Marcos Díaz, Agencia de Prensa Cuba Voz
    74. Reymundo J. Martínez, Unión Sindical de Trabajadores de Cuba
    75. José M. Martínez Hernández, Biblioteca Independiente Juan Bruno Zayas
    76. Luis Medina Valiente, Fundación de Discapacitados
    77. Berta Mexidor Vázquez, Bibliotecas Independientes de Cuba
    78. Roberto de Miranda, Colegio de Pedagogos Independientes de Cuba
    79. L. Humberto Mones Laffita, AVI-PAZ
    80. Elsa Morejón Hernández, Mujeres Defensoras de Presos Políticos
                     (Esposa de Oscar Elías Biscet, prisionero de conciencia)
    81. Félix Navarro Rodríguez, Movimiento por la Democracia Pedro Luis Boitel
    82. Jorge Olivera Castillo, Havana Press
    83. Carlos Oquendo Rodríguez, Movimiento 13 de Julio
    84. Marta I. Orta Pasos, Centro Pro-Libertad y Democracia
    85. Héctor Palacios Ruiz , Centro de Estudios Sociales
    86. Yusbily Pardo Pérez, Biblioteca Independiente Enrique Loynaz del Castillo
    87. Amilcar Paredes Pérez, Presos Políticos del Movimiento HFD
    88. Oswaldo J. Payá Sardiñas, Movimiento Cristiano Liberación
    89. José Ramón Paz López, Sindicato Libre Democrático de Cuba
    90. Marcia Pérez Castillo, Biblioteca Independiente Antonio Maceo
    91. Noel Pérez Pérez, Partido Demócrata Martiano
    92. Yamila Pérez Reyes, Fundación Médica Independiente
    93. José G. Ramón Castillo, Instituto Independiente Cultura y Democracia
    94. Lázaro E. Ramos González, Frente Democrático para la Libertad de Cuba
    95. Blas Guardo Reyes Rodríguez, Ex Club Cautivos Sancti Spíritus
    96. Noel Ricardo Pérez, Partido Demócrata Mariano
    97. Lissy Rico Cantillo, Grupo de Apoyo Arroyo Naranjo (GAAN)
    98. Carlos Ríos Otero, Cambio 2000
    99. Luis A. Rivera Leyva, Agencia de Prensa Libre Oriental (APLO)
    100. Raúl Rivero Castañeda, poeta y periodistas (Director de Cuba Press)
    101. Moisés L. Rodríguez, Civilista independiente
    102. Reinaldo Rodríguez Días, Sindicato Independiente Agropecuario
    103. Rosa Rodríguez Díaz, Movimiento de Madres Cubanas por la Solidaridad
    104. Omar Rodríguez Saludes , Agencia Nueva Prensa
    105. Julián Rodríguez Trujillo, Sindicato Independiente del Transporte
    106. Hubert Rodríguez Tudela, Movimiento Pinero de Derechos Humanos
    107. Julio Ruiz Pitaluga, Plantados hasta la Libertad y Democracia de Cuba
    108. Elizardo Sánchez Santacruz, Comisión Cubana de Derechos
                                                                 Humanos y  Reconciliación Nacional
    109. Yassera Sessin Herrero, Biblioteca Independiente Eduardo R. Chibás
    110. Miguel Sigler Amaya, Movimiento Independiente Opción Alternativa
    111. Marcos Lázaro Torres León, Partido Democrático 30 de Noviembre Frank País
    112. Rogelio Travieso Pérez, Movimiento Cívico Nacional Amor Cubano
    113. José M. Ugarte Miyares, Liga Juvenil Martiana
    114. María Magdalena Valdés, Movimiento Cívico Nacional Máximo Gómez
    115. Manuel Vázquez Portal, Agencia de Prensa Grupo Decoro
    116. Bárbaro Antonio Vela Crego Movimiento Cívico 6 de Enero
    117. Maria Valdes Rosado del Partido Cubano Democrata Cristiano

    Estos son los nombres de los firmantes en el momento de confeccionar este listado. El llamamiento continúa abierto para que  puedan firmarlo otros que hasta el momento no han podido hacerlo o lo están  considerando.

     

    PROYECTO VARELA
    FUNDAMENTACIÓN
    La Constitución de la República garantiza a los ciudadanos el derecho a proponer cambios en el orden jurídico y también ofrece los procedimientos para que mediante la consulta popular, el pueblo decida soberana y democráticamente sobre la realización de los cambios y el contenido de los mismos. Este valor de las leyes actuales, de contener en si mismas la llave para cambiar la ley, para que estas se ajusten a las necesidades y demandas de mejoramiento de la sociedad, se completa, si el pueblo, que está legítimamente dotado para hacerlo, puede accionar esta llave.

    Esta forma de acción cívica es el enlace por excelencia entre la voluntad popular y las estructuras políticas y jurídicas de la sociedad que practica la democracia. El funcionamiento de este enlace es signo de la capacidad de evolución pacífica y gradual de la sociedad, de su capacidad para transformarse y avanzar progresivamente en un desarrollo armónico e integral, en la elevación de la calidad de vida.

    Por esto proponemos hacer los cambios desde la ley. La ley es siempre perfectible y debe estar en función del bien común y de la realización integral de la persona. Pero existen diversos criterios sobre los cambios que son necesarios en nuestra sociedad en las esferas políticas, sociales, económicas e inclusive opiniones encontradas sobre la pertinencia de estos cambios. La respuesta no es sencilla y demanda de la buena voluntad y la postura responsable de todos los cubanos.

    Entonces ¿son necesarios los cambios?
    Resolver esta cuestión es clave. Pero la respuesta sabia y justa solo puede darla el pueblo soberano, en una Consulta Popular, en un Referendo.

    Pero ¿por qué estas preguntas, estas propuestas?

    Por la respuesta a estas propuestas el pueblo se proporciona a si mismo los instrumentos legales para 1 mediante el ejercicio de sus derechos, la práctica de la solidaridad y el cumplimiento de sus deberes tener una participación más plena en las decisiones que le afectan, en la determinación del rumbo que tome nuestra Nación y en la construcción de una sociedad mejor.

    Con estas bases es el propio pueblo quien decide si hay cambios o no y quien realiza los cambios como protagonista y sujeto de su historia.

    No estarnos ofreciendo un proyecto o modelo de sociedad, sino proponiendo el primer paso para crear nuevas y mejores condiciones de derecho. Y que así, entre todos los cubanos, creen y desarrollen su propio proyecto de sociedad según su voluntad soberana, a partir de los valores espirituales de nuestra Nación y las experiencias de su historia y para responder a los desafíos que nos plantea la llegada del nuevo milenio.

    Firmar esta solicitud no significa, en modo alguno, apoyar o vincularse a ninguna asociación o agrupación y tampoco establecer compromisos con las personas que la redactaron y la proponen. Cuando un cubano firma esta solicitud de Consulta Popular está haciendo uso de los derechos que le da la Constitución actual para hacer peticiones y contribuyendo libre y solidariamente a mejorar nuestra sociedad, a la solución de los problemas que sufre nuestro pueblo y a preparar un futuro mejor para nuestros hijos, aquí, en nuestra Patria.

    LAS CINCO PROPUESTAS se explican por si mismas.

    LOS DERECHOS A LA LIBRE EXPRESIÓN Y LIBRE ASOCIACIÓN
    Estos derechos y todos los Derechos Humanos existen antes de que nadie los formulara o los escribiera, usted y todos sus semejantes tienen estos derechos porque son personas, porque son de asociación y expresión, concreta la participación digna y responsable del ciudadano en la sociedad. Cuando en la propuesta se aclara que la ley debe garantizar estos derechos preservando el respeto a la dignidad humana, a los Derechos Humanos y al bien común, nos anticipamos a cualquier temor infundado contra la libre expresión y la libre asociación, ya que nadie puede ejercer sus derechos atentando contra la dignidad humana y los derechos de los demás, m tampoco contra el bien común. A su vez nadie puede decir que defiende el bien común anulando el ejercicio de estos derechos, ya que la búsqueda del bien común es trabajar por condiciones de vida en una sociedad donde las personas se realicen plenamente y esto es imposible sino se garantizan los derechos humanos.

    Además de un derecho es una necesidad que en la sociedad existan organizaciones independientes, ya sean de carácter temporal o permanente, para que los ciudadanos defiendan sus intereses, para participar en las decisiones del Estado y en todo el quehacer social aportando sus esfuerzos e iniciativas en todos los campos. El pluralismo no se impone por decreto, pero debe respetarse y ser garantizado por la ley, porque es una realidad el que no todos piensan igual acerca de todo ni en lo particular y es un derecho de las personas, el asociarse y expresarse, según sus ideas e intereses, sin que nadie por sus propias ideas o por cualquier condición pueda anular este derecho en los demás. Si la ley garantizara la libre asociación y expresión, se ajustaría más a la Constitución; se reconocería el hecho de la diversidad de opiniones presentes en la sociedad, se abrirían espacios a la crítica, se potenciaría la creatividad, el diálogo, una democracia más participativa; el ejercicio de la soberanía popular y por lo tanto se fortalecen las bases de La Independencia Nacional.

    LA AMNISTÍA
    La existencia en nuestro país de encarcelados por motivos políticos obedece tanto a hechos en los que las personas involucradas violaron la ley, como abusos de poder, arbitrariedades y también a violaciones de la ley por parte de las autoridades. Muchos han sido detenidos por practicar Derechos Humanos que las leyes actuales no reconocen. Este paso no es una revisión, es un paso de renovación de toda la sociedad, que toma conciencia de esta necesidad. La reconciliación tampoco puede darse por decreto pero si es deseada por nuestro pueblo y éste así lo señala en el Referendo, aprobando la Amnistía, abriría, por este acto de perdón y justicia, una nueva etapa para una comunidad que quiere superar todo lo negativo del pasado y darse a sí misma la oportunidad de renacer. Si los cubanos ahora no podemos ponemos de acuerdo acerca del pasado, sí debemos ponemos de acuerdo sobre el futuro para que éste sea de paz, fraternidad y libertad, por el bien de nuestros hijos.

    EL DERECHO DE LOS CUBANOS A FORMAR EMPRESAS
    Con la aprobación de esta propuesta se logra una mayor participación de los ciudadanos en la tarea de satisfacer las necesidades de bienes y servicios de la población, liberándose las capacidades humanas para trabajar por la elevación del nivel y la calidad de vida, la independencia de las personas y las familias y contribuir al desarrollo de la Nación.

    El ejercicio de este derecho dentro de las regulaciones que marque la ley en aras del bien común será un factor determinante en la superación de la inseguridad y la inestabilidad en la actividad económica de los ciudadanos y eliminará en gran medida las malversaciones, las apropiaciones indebidas y robos, la corrupción de empleados y funcionarios, los privilegios por abuso de poder, el parasitismo, la especulación y muchas de las causas de las diferencias, hasta ahora insalvables, entre el trabajador que trata de sobrevivir con un salarlo y aquel que por la especulación o posición de autoridad se da un nivel de vida económicamente muy superior. Esta apertura será un estímulo para dejar atrás la improductividad, las negligencias tan costosas, el desempleo en todas sus formas y la pobreza en que van hundiéndose cada vez más cubanos al quedar sin opciones o con un salario de muy poco valor real. Esta pobreza y la falta de opciones es una de las causas del deseo de emigrar de muchos cubanos, fenómeno que trae tanto desajustes a la familia cubana. A partir de aquí la moneda, y con ello el salario de los trabajadores, comenzarían a tomar su justo valor.

    La satisfacción de las necesidades de consumo del pueblo y el control y la propiedad democrática por los trabajadores de los medios de producción, no se reducen a la propiedad estatal, que es una y no la única forma de propiedad social. Las largas etapas de escasez, ineficiencia y precariedad que hemos vivido demuestran que es necesaria una apertura a la participación ciudadana en la actividad económica, en la gestión y la propiedad. Esta apertura tiene que garantizar el derecho de los cubanos a formar empresa privadas tanto de propiedad individual como cooperativa, así como empresas mixtas, entre trabajadores y el Estado. ¿Será esto más difícil de lograr como derecho para los cubanos y entre cubanos, que lo que ha sido conceder a empresas extranjeras, el derecho, no sólo a participar sino a tener, en algunos casos, la propiedad total de una empresa, tal como lo hace la ley que regula las inversiones extranjeras?.

    La ley podrá armonizar la participación de los ciudadanos, responsable y creativa, en el quehacer económico con una orientación social de la empresa privada, con el respeto al consumidor, con la humanización del trabajo, con las garantías de los derechos de los trabajadores y con la seguridad social. De esta forma el Estado podrá contar con más recursos para garantizar, sin depender de la ayuda extranjera, los servicios gratuitos de salud pública y educación y los demás servicios sociales y los brindaría, no como estructura paternalista, sino como administrador de los bienes comunes, a los que aportan todos los ciudadanos, responsablemente, ejerciendo sus derechos y practicando la solidaridad.

    UNA NUEVA LEY ELECTORAL
    Para comprender esta propuesta es necesario fijarse en los dos elementos claves del proceso electoral:

    1- Las candidaturas o nominación de candidatos, es decir, la forma de determinarse quienes serán los ciudadanos entre los cuales los electores elegirán sus representantes, ya sean como delegados o como diputados.

    2- Las elecciones. Recomendamos el estudio de la Ley Electoral actual si no recuerda sus planteamientos y analizar esta, propuesta antes de tomar una decisión.

    Según la ley actual, los candidatos a Delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular, se nominan por votación en asambleas públicas de los electores de la circunscripción correspondiente. Sin embargo, los candidatos a Delegados a las Asambleas Provinciales y los candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular son nominados por cada Asamblea Municipal del Poder Popular a partir de proposiciones de la Comisión de Candidaturas Municipal correspondiente, que a su vez recibe propuestas de las Comisiones de Candidaturas Provincial y Nacional. Los electores, según la ley actual no participan directamente en la nominación de los candidatos a Delegados a las Asambleas Provinciales, ni de los candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular y además, se nomina un sólo candidato por cada cargo de Diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular. Por ejemplo, si a un municipio le corresponden cinco diputados en la Asamblea Nacional del Poder Popular en la boleta electoral aparecen solamente cinco candidatos y cada elector puede votar por uno, por algunos, por ninguno o por los cinco. Los electores no pueden escoger sus cinco diputados de entre un número mayor de candidatos.

    En las elecciones para Delegados a la Asamblea Municipal, los electores de cada circunscripción eligen a su Delegado votando cada elector por un solo candidato, aquel a quién quiera escoger entre varios que aspiran a representar esa circunscripción. En las elecciones provinciales y nacionales, como ya vimos, existe un solo candidato por cada cargo, a razón de uno por circunscripción, por lo que habrá en cada municipio, igual número de candidatos a Delegados Provinciales que de circunscripciones que se determinaron en ese municipio para las elecciones provinciales e i al número de candidatos a Diputados que de circunscripciones que se determinaron en ese municipio para las elecciones nacionales.

    ¿En que consiste la petición que hacemos?

    En que los candidatos a Delegados a la Asamblea Municipal, los candidatos a Delegados a la Asamblea Provincial y los candidatos a Diputados a la Asamblea Nacional sean nominados, es decir propuestos y escogidos directamente por los electores de la circunscripción correspondiente mediante sus firmas de apoyo, sin intermediarios y sólo de esta forma.

    Que también puedan existir varios candidatos para cada uno de los cargos de Delegados a las Asambleas Provinciales y de Diputados a, la Asamblea Nacional, de forma que los electores de cada circunscripción tengan las opciones para escoger entre varios al de su preferencia, posibilidad que no ofrece la ley actual. Que los electores de cada circunscripción determinada elijan solamente a su Delegado a la Asamblea Municipal, a su Delegado a la Asamblea Provincial y a su Diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular y sólo a uno en cada caso, de forma que cada elegido responda ante esos electores, a los cuales representa.

    Que dentro del respeto al orden y por acuerdo de los electores, estos entre sí y los aspirantes a candidatos, los candidatos y los Delegados y Diputados con los electores puedan reunirse libremente y sin tutela, en asambleas democráticas y también usar los medios de comunicación que son de propiedad estatal y por tanto deben estar al servicio de la libre expresión de los ciudadanos. Con la aprobación de esta propuesta avanzamos en el camino de la Democracia Participativa en uno de sus pilares básicos: la participación ciudadana en la determinación de sus representantes y en las decisiones de los órganos del Poder Popular.

    "YO QUIERO QUE LA LEY PRIMERA DE NUESTRA REPÚBLICA SEA EL CULTO DE LOS CUBANOS A LA DIGNIDAD HUMANA".

    Esta declaración de los ciudadanos cubanos en el preámbulo de la Constitución de la República, heredada de nuestro Apóstol, y colectora del amor derramado por los buenos cubanos de todos los tiempos, canta a la libertad, a la democracia, a la justicia y a la solidaridad y las decreta de forma tremenda. La ley no puede traicionar, sino consagrar estos valores del espíritu y la voluntad de nuestro pueblo.

    Estos valores, se proclaman en el Artículo Primero de la Constitución:

    Art. 1. "Cuba es un Estado socialista de trabajadores, *independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana". Este artículo define los principios y cualidades fundamentales de este Estado socialista de trabajadores y con esta definición, deben ser coherentes los demás artículos de la Constitución y también las leyes para que se realicen estos principios y cualidades. Esta propuesta se apoya desde el punto de vista legal, en este artículo primero, en el conjunto de la Constitución y en la frase de José Martí proclamada en su preámbulo.

    Procuramos el perfeccionamiento de las leyes cubanas para que, en lo que debe ser un proceso ascendente, estas leyes permitan lograr con más plenitud la organización de este Estado, con todos, es decir, sin exclusiones, para el bien de todos, o sea, con igualdad en los derechos y el bienestar, en la democracia, en el disfrute real de la libertad política y la justicia social. Las leyes deben corresponder en espíritu y letra a estos enunciados de la Constitución.

    No es este el caso de una discusión académica, ni un problema de interpretación, sino de la exigencia por vías legales de derechos que tenemos como personas y que además la Constitución describe claramente, por tanto, las leyes deben transformarse para que garanticen estos derechos. Pero como el criterio más legítimo para decidir sobre todas las leyes, es la voluntad del pueblo expresada democráticamente en Consulta Popular, proponemos este Referendo.

    Primero es necesario que aquellos ciudadanos que después de estudiar esta propuesta consideren, libre y conscientemente, que deben apoyarla, firmen la solicitud dirigida a la Asamblea Nacional del Poder Popular. La Constitución vigente garantiza el derecho de cada persona a firmar esta solicitud, por lo que ningún ciudadano, funcionario o institución, puede obstruir esta gestión o tomar represalias en su contra por este motivo. Quien lo hiciera violaría la Constitución y la ley, por lo que pudiera ser demandado ante las autoridades pertinentes, las cuales tienen además la obligación de proteger al ciudadano y garantizarle el ejercicio de sus derechos constitucionales.

    Respetamos el derecho de las personas a no firmar esta propuesta, inclusive a no leerla, por eso sólo será entregada a personas con derecho al voto, después de explicarle su contenido y que ésta consienta en recibir estos documentos. La persona que la reciba decidirá, después de estudiarla, si la firma o si no la firma y en ambos casos debe devolverla a quién se la entregó con el fin de que todas las solicitudes firmadas puedan ser presentadas en las oficinas de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta propuesta no atenta, ni contra las leyes, ni contra el Estado socialista, ni contra las decisiones del pueblo cubano, ni contra lo establecido en la Constitución. Es una petición que propone cambios a las leyes y para esto, sin violar ningún artículo, se apoya en los derechos que nos otorga la misma Constitución.

    Además la propia Constitución contiene la posibilidad de ser reformada parcialmente e inclusive totalmente y ofrece en su Artículo 137, las vías para reformarla. Pero esta propuesta no busca cambios a la Carta Magna, sino a las leyes para que garanticen los derechos que esta Carta Magna proclama.

    Recomendamos el estudio de la Constitución de la República en su conjunto y además les exponemos a continuación algunos de los artículos en que se fundamenta esta propuesta:

    Leer Art. 1

    Art. 63. Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley.

    Art. 88. La iniciativa de las leyes compete:

    Inc.g) a los ciudadanos. En este caso será requisito indispensable que ejerciten la iniciativa diez mil ciudadanos, por lo menos, que tengan derecho al voto.

    Art. 75. Son atribuciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular:

    Inc. b) aprobar, modificar o derogar las leyes y someterlas previamente a la consulta popular cuando lo estime procedente en atención a la índole de la legislación de que se trate:

    Inc. t) conceder amnistías:

    Inc.u) disponer la convocatoria de referendos en los casos previstos en la Constitución y en otros que la propia Asamblea considere procedente:

    Art. 53. Se reconoce a los ciudadanos la libertad de palabra y prensa conforme a los fines de la sociedad socialista. Las condiciones materiales para su ejercicio están dadas por el hecho de que la prensa, la radio, la televisión, el cine y otros medios de difusión masiva son de propiedad estatal o social y no pueden ser objeto, en ningún caso, de propiedad privada, lo que asegura su uso al servicio exclusivo del pueblo trabajador y del interés de la sociedad.

    La ley regula el ejercicio de estas libertades.

    Art. 54. Los derechos de reunión, manifestación y asociación, son ejercidos por los trabajadores manuales e intelectuales, los campesinos, las mujeres, los estudiantes y demás sectores del pueblo trabajador, para lo cual disponen de los medios necesarios a estos fines.

    Las organizaciones de masas y sociales disponen de todas las facilidades para el desenvolvimiento de dichas. actividades en las que sus miembros gozan de la más amplia libertad de palabra y opinión.

    Art. 66. El cumplimiento estricto de la Constitución y de las leyes es deber inexcusable para todos.

    Art. 9. El Estado:

    Inc.a) realiza la voluntad del pueblo trabajador y garantiza la libertad y la dignidad plena del hombre, el disfrute de sus derechos, el ejercicio y cumplimiento de sus deberes y el desarrollo integral de su personalidad.

    Art. 4 1. Todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes.

    Art. 42. La discriminación por motivo de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas y cualquier otra lesiva a la dignidad humana está proscrita por la ley. Las instituciones del Estado educan a todos, desde la más temprana edad, en el principio de la igualdad de los seres humanos.

    NOTA: Usted debe completar la lectura de los artículos 9, 75 y 88, que por razones de espacio no hemos copiado en su totalidad. Además le recomendamos, para una mejor comprensión de los fundamentos legales de esta propuesta, el estudio de los siguientes artículos de la Constitución:

    Art. 15, 16, 17, 21 y 23.

    Art . 10, 41, 42, 43, 55 y 64.

    Art. 68, 70, 71 y 84

    Art. 131- 136
    También recomendamos la consulta del Código Penal, al cual pertenecen los artículos siguientes:
    Capítulo 5. Delitos contra derechos de reunión, manifestación, asociación, quejas y petición.
    Art. 292.
    1. Se sanciona con privación de libertad de tres meses a un año o multa de trescientas cuotas, o ambas al que con infracción de las disposiciones legales:
    Inc. c) impida u obstaculice que una persona dirija quejas o peticiones a las autoridades.
    2.Si el delito se comete por un funcionario público con abuso de su cargo, la sanción es de privación de libertad de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas.
    (Esta petición denominada Proyecto Varela fue redactada por el ciudadano Oswaldo Payá Sardiñas. Dir. Calle Peñón #276, entre Ayuntamiento y Marqués frente al Parque Manila: El Cerro, La Habana, Cuba.)
    Referéndum o referendo: voto directo de los ciudadanos para ratificar o no, unas leyes.

    (Una copia para imprimir puede encontrarla en PRENSA ESCRITA en el día 6 de marzo y buscar en ARCHIVO por la clave de payá)